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Convocatoria – Bitcoin Investors Trust

Posted on April 8, 2016

ANTE-PROYECTO

BITCOIN STARTUP CAPITAL, FONDO DE INVERSIÓN LIBRE (HEDGE FUND)

Un fondo de Inversión (FI) es una institución de Inversión Colectiva (IIC) que tiene por objeto la captación de fondos, bienes o derechos del público para gestionarlos o invertirlos en bienes, derechos, valores u otros instrumentos financieros o no, siempre que el rendimento de la inversión se establezca en función de los resultados colectivos. Los fondos de inversión libre también se conocen como fondos de inversión alternativa o hedge funds. No están sujetos a las restricciones de inversión establecidas para la mayor parte de los fondos (de ahí su denominación). Pueden invertir en cualquier tipo de activo financiero, seguir la estrategia de inversión que

consideren más apropiada y endeudarse hasta cinco veces el valor de su activo.

OBJETO SOCIAL

Inversión en proyectos y startups relacionadas con el mundo bitcoin y con las monedas virtuales.

EMPRESA SOCIALMENTE RESPONSABLE

Se realizará en su actividad una contribución activa y voluntaria para mejorar el entorno social, económico y ambiental con el objetivo de optimizar su situación competitiva y su valor añadido.

CARACTERÍSTICAS

Este fondo de inversión está dirigido a inversores cualificados e inversores particulares que sean buenos conocedores de los mercados financieros. Número de partícipes fundadores: 100. De los que 25 desembolsarán un mínimo 50.000 euros y 75 que desenbolsarán un mínimo de 1000 euros. Capital inicial mínimo: 3.000.000 euros. (se puede constituir con 300.000 euros iniciales y alcanzar el capital mínimo en seis meses).

No hay ningún límite máximo de participaciones a distribuir.

ACTIVOS

El fondo de inversión invertirá en activos financieros e instrumentos derivados de  cualquier activo subyacente,
cumpliendo los principios de liquidez, diversificación del riesgo y transparencia. Al ser un fondo de inversión libre se tiene más libertad que otros fondos en el cumplimiento de coeficientes que marca la Ley.

Para poder invertir en bitcoin será necesario que la CNMV lo declare como activo financiero. Existe el precedente de la US Commodity Futures Trading Commission (CFTC) que ya lo considera como una commodity.

ACTIVOS INICIALES FUNDACIONALES

El fondo de inversión empezará su andadura con:

  • Activos de la sociedad mercantil BITCOIN INVESTORS TRUST,
    SLU (rendimientos).
  • Valores negociables en bolsa (liquidez).
  • Bitcoins y otras cryptomonedas (reserva de valor a largo plazo).

Los monederos bitcoin y de las otras cryptomonedas serán públicos.

El fondo de inversión no tendrá endeudamiento inicial.

VALOR LIQUIDATIVO

La unidad de cuenta del fondo será el euro y el bitcoin. A efectos legales se calculará el contravalor de cada operación en euros. Inicialmente se calculará el valor liquidativo trimestralmente aunque el objetivo será hacerlo diariamente a medida que el volumen de la inversión se incremente. El objetivo final será ser un fondo cotizado en bolsa: EFT (Exchange Fund Traded).

Las participaciones de un fondo de inversión no tienen valor nominal por lo que será su valor liquidativo el aplicable. Tienen la consideración de valor negociable.

APORTACIONES Y REEMBOLSOS

La Ley permite que tanto las suscripciones como los rembolsos se puedan hacer en dinero, valores admitidos a cotización en un mercado organizado o en activos (especie). Esto permite que se pueda usar bitcoin o cualquier otra cryptomoneda. El fondo de inversión reservará liquidez suficiente para que se puedan cerrar las operaciones con la diligencia debida. Se cumplirá con los porcentajes indicados en la Ley vigente.

Se exige una permanencia mínima de seis meses aunque se podrá solicitar la devolución con anterioridad liquidando una penalización.

Un fondo de inversión se configura como patrimonios separados sin personalidad jurídica. Pertenecen a una pluralidad de inversores. Su gestión y representación corresponderá a una sociedad gestora.

SOCIEDAD GESTORA DEL FONDO

La sociedad gestora será Bitcoin Investors Trust SLU que tramitará todos los requisitos previstos en la Ley y en el Reglamento.

SOCIEDAD DEPOSITARIA

La sociedad depositaria es la que custodia el patrimonio del fondo (valores y efectivo) y asume ciertas funciones de control sobre la actividad de la gestora, en beneficio de los participes. La sociedad depositaria escogida será autorizada por la bolsa de Barcelona.

CONSTITUCIÓN DEL FONDO

Para constituir un fondo de inversión es requisito contar con la preceptiva autorización de la CNMV. Los fondos se crearan mediante un contrato entre la sociedad gestora y un depositario que lo formalizaremos en escritura pública.

La sociedad gestora y el depositario podrán ser autorizados, antes de la constitución del fondo, para llevar a cabo una suscripción pública de participaciones.

TRÁMITES A REALIZAR PARA LA CONSTITUCIÓN

La solicitud ante la CNMV incorpora una memoria, la acreditación de honorabilidad de los que desempeñan cargos de administración y dirección de la Institución. Asímismo se pueden aportar los datos, informes o antecedentes que se estimen oportunos.
Los documentos a anexar son:

  • El reglamento de gestión.
  • El folleto que contendrá la información sobre la institución con los
    objetivos.
  • Una breve evaluación del perfil de riesgo del fondo.

ÓRGANO DE GOBIERNO

La sociedad gestora del fondo de inversión se regirá con un Consejo de Administración compuesto por un presidente, secretario, tesorero y cinco vocales como máximo. Todo inversor que participe con más de un 10% del capital total podrá solicitar un puesto en el Consejo de Administración. Los cargos del Consejo de Administración serán remunerados siguiendo los criterios establecidos en las empresas socialmente responsables.

El equipo directivo estará compuesto por profesionales independientes y procurando una paridad de género.

COMISIONES

  • Comisión de gestión: 5% (anual liquidado mensualmente).
  • Comisión de depósito: la que aplique la sociedad depositaria
    independiente.
  • Comisión de suscripción: ninguna.
  • Comisión de reembolso:
    • Antes de seis meses: 3%.
    • Después de seis meses: ninguna.
  • Comisión de cambio de moneda-divisa (BTC-EUR):
    • Inversiones: ninguna.
    • Desinversiones: 2%.

DIVIDENDOS

La característica principal de estas entidades es que siempre el rendimiento que obtiene el inversor se establece en función de los resultados colectivos que se calcularán semanalmente para proceder a su correspondiente liquidación. El pago será semanal. Variable y diferente cada semana. No será una cantidad fija. Payout: 80% y se reinvierte el 20%. El dividendo se calculará en euros con la correspondiente liquidación de impuestos a la que haya lugar. El partícipe podrá optar recibir su rendimiento en euros o bitcoins.

El cambio aplicable para recibir bitcoins será el de cada día de pago.

NORMATIVA REGULADORA

  • Real Decreto Legislativo 1/2010 de 2 de julio por el que se
    aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.
  • Ley 35/2003 de 4 de noviembre reguladora de las Instituciones de Inversión Colectiva, modificada por Ley 31/2011 de 4 de

    octubre.

  • El Real Decreto 1082/2012 de 13 de julio por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 35/2003 y que deroga el

    anterior Real Decreto 1309/2005 de noviembre.

  • Circular 1/2006 de 3 de mayo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre Instituciones de Inversión Colectiva de

    Inversión Libre.

PROCESO A SEGUIR

PRIMERA FASE:

  • Solicitud de la autorización previa reglamentaria a la CNMV para constituir el  fondo de inversión. Aparte, solicitar sea aceptado que el bitcoin se considere como activo financiero y que el fondo pueda invertir en las diferentes cryptomonedas.
  • Aportación de los socios fundadores.
  • Constitución del Consejo de Administración.

SEGUNDA FASE:

Suscripción pública de participaciones.

INFORMACIÓN

BITCOIN STARTUP CAPITAL, Fondo de inversión libre. Avda. Lluís Pericot, 46 local 2B 17003-GIRONA, Catalunya (SPAIN) Teléfono: +34 608 49 67 86 Web: www.bitcoinstartupcapital.com

Email: info@bitcoinstrartupcapital.com

CONVOCATORIA

CONDES HOTELS Passeig de Gràcia, 73-75 BARCELONA

www.condeshotels.com

Sábado 9 de abril del 2016 a las 17:00

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